Estas recomendaciones te ayudarán a proteger los datos personales en tu centro

Publicado: 15 enero 2026 a las 8:00 pm

Categorías: Artículos

[responsivevoice_button buttontext="Escuchar la noticia" voice="Spanish

Latin American Female"]

Por Cristina Herranz

Pedir el consentimiento expreso de las familias para difundir imágenes en redes sociales o conocer las aplicaciones que se usen y su política de privacidad son algunos de los consejos que recoge la guía elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos para los centros escolares.

Nombres, teléfonos, direcciones, el historial académico… Los centros educativos guardan todo tipo de información sensible tanto del alumnado y sus familiares como del equipo que trabaja en la institución, y es necesario la protección de datos frente a posibles pérdidas o, incluso, el ataque de los ciberdelincuentes.

Para prevenirlo, la LOPDGDD establece una serie de obligaciones generales relacionadas con el procesamiento de información personal y, también, otras que afectan específicamente a los centros educativos como la designación de un delegado de protección de datos. Además, la Agencia Española de Protección de Datos ha elaborado un decálogo que ayuda a su aplicación, fomentando la protección de datos personales y el buen uso de cualquier app o entorno digital que los contenga: 

  • Los equipos directivos, profesores, personal administrativo y auxiliar de los centros educativos necesitan tratar datos de carácter personal de los estudiantes y de sus familiares, por lo que deberán hacerlo con diligencia y respeto a su privacidad e intimidad, teniendo presente el interés y la protección de los menores. 
  • Cuando sea preciso obtener el consentimiento del alumnado o de sus familias o tutores para la utilización de sus datos personales por tratarse de finalidades distintas a la función educativa, se debe informar con claridad de cada una de ellas, permitiendo a los interesados oponerse a las que así consideren.
  • Aunque por regla general los centros educativos no necesitan el consentimiento de los titulares de esos datos para su tratamiento –que está justificado en el ejercicio de la función educativa y con las matrículas de los alumnos–, siempre se debe informar a sus titulares de forma sencilla y de fácil acceso de la finalidad para la que se recaban y su licitud. Por ejemplo, para el ejercicio de la función educativa o para difundir y dar a conocer las actividades del centro. También es necesario dejar clara la obligatoriedad o no de facilitar los datos, las consecuencias de la negativa a hacerlo, los derechos de los interesados y dónde ejercitarlos…
  • Las Administraciones y los centros educativos son los responsables del tratamiento de los datos y deben formar sobre sus principios básicos y cómo hacerlo correctamente. 
  • Las TIC son herramientas fundamentales para la gestión y el aprendizaje de los estudiantes. Por esta razón, los centros deben conocer las aplicaciones que vayan a utilizar, su política de privacidad y sus condiciones de uso, rechazando las que no ofrezcan información sobre el tratamiento de los datos personales que realicen. 
  • Tanto la Administración como los centros deben disponer de protocolos, instrucciones, guías, directrices o recomendaciones para el uso de las TIC que realizan los profesores. Estos deberán utilizar las que se hayan dispuesto oficialmente desde la dirección del centro y su enseñanza y uso deberán adaptarse al grado de desarrollo del menor.
  • Las comunicaciones entre profesores y familias deben llevarse a cabo, preferentemente, a través de los medios puestos a disposición de ambas partes por el centro educativo (plataformas educativas, correo electrónico del centro…). 
  • Se desaconseja el uso de aplicaciones de mensajería instantánea (como WhatsApp) entre docentes y padres o entre profesores y estudiantes. Aun así, cuando se trate de una situación de fuerza mayor como, por ejemplo, para informar y tranquilizar a los padres acerca de la indisposición de un estudiante en una excursión escolar, se podrían captar imágenes y enviárselas.
  • Los profesores deben ser especialmente cuidadosos con los contenidos del trabajo de clase que suben a Internet, así como enseñar a valorar la privacidad propia y la de los demás. También es necesario explicar al alumnado que no puede sacar fotos ni videos de otros compañeros ni de personal del centro escolar sin su consentimiento y hacerlos circular por las redes sociales con la finalidad de evitar cualquier forma de violencia (ciberacoso, grooming, sexting, violencia de género…). 
  • Cuando los centros educativos organicen y celebren eventos (fiestas de Navidad, fin de curso, eventos deportivos…) a los que asistan familiares del alumnado, constituye una buena práctica informarles y solicitarles la autorización –mediante avisos o carteles– de la posibilidad de grabar imágenes exclusivamente para su uso personal y doméstico (actividades privadas o familiares).

Fuente: https://www.educaciontrespuntocero.com/directores/proteccion-de-datos-centro-educativo/