España, El auge de las guías de estilo en los colegios: convivencia, valores y cultura institucional

Publicado: 13 noviembre 2025 a las 6:00 pm

Categorías: Noticias / Noticias Europa

[responsivevoice_button buttontext="Escuchar la noticia" voice="Spanish

Latin American Female"]

España, 13 de Noviembre de 2025, Por José Luis Fernández, https://exitoeducativo.net

Imagen elaborada co ayuda de la IA

En el sistema educativo español, los centros docentes, sean públicos, concertados o privados, funcionan no únicamente como espacios de enseñanza académica, sino como comunidades de convivencia. En ese sentido, muchas escuelas cuentan con documentos normativos internos, en forma de manuales de convivencia, normas de conducta del alumnado, guías de estilo o códigos éticos, que regulan cómo deben comportarse estudiantes, familias y personal educativo.

Sin embargo, la naturaleza, alcance, obligatoriedad y contenido de estas guías varía considerablemente según la comunidad autónoma, el tipo de centro y su ideario educativo. A nivel estatal, la Ley Orgánica 4/2011, de 30 de junio (modificadora de la LOE) recoge en su articulado que los centros docentes deben contar con normas de organización, funcionamiento y convivencia que permitan una adecuada integración de los alumnos y la mejora de la convivencia escolar.

Por ejemplo, se definen conductas contrarias a la convivencia (como la difusión de imágenes que atentan al honor) y se establece que los centros pueden adoptar sus propias normas disciplinares.  A nivel autonómico y de centro, se han desarrollado diversas guías o manuales. En la Comunidad de Madrid, el Decreto 32/2019, de 9 de abril regula el “marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid” y establece el plan de convivencia como elemento central. Por tanto, existe un consenso normativo de que los centros deben desarrollar algún tipo de política de convivencia. Pero ¿qué forma adoptan-estas políticas?

¿Qué son las guías de estilo o de conducta en los colegios españoles?

En la práctica, muchos colegios elaboran documentos titulados por ejemplo “Manual de convivencia”, “Normas de convivencia”, “Guía de conducta”, “Código de estilo”, etc. Estos documentos suelen contener los siguientes elementos: un ideario o principios de valores del centro (respeto, responsabilidad, tolerancia, trabajo, civismo); y normas de comportamiento concretas en distintos espacios (aula, recreo, comedor, transporte, extraescolares) o incluso fuera del centro.

Los procedimientos de elaboración, seguimiento y evaluación de dichas normas suelen referirse a la comisión de convivencia, participación del alumnado, familias y profesorado, diagnóstico del clima, acciones preventivas, medidas correctoras. También se contemplan en estos documentos medidas específicas de prevención e intervención de conflictos, acoso escolar, ciberacoso. En algunos casos, también se contemplan normas de uso de tecnologías, privacidad de datos, móviles, etc.

En consecuencia, aunque no siempre se habla de “guía de estilo” en esos términos, sí existe un amplio ecosistema de documentos normativos internos en los colegios que cumplen funciones similares: definir expectativas de conducta, valores institucionales, procedimientos internos, medidas correctoras.

El caso del Colegio Gaztelueta, un centro privado-concertado con un ideario claro y exigente, suele citarse como ejemplo de normativa interna rigurosa. En centros con ideario propio y cultura institucional fuerte, las guías tienden a ser más explícitas sobre vestimenta, puntualidad, uso de uniformes, modos de saludo, lugares de paso, teléfonos móviles, comportamientos fuera del centro, etc.

En los centros públicos y muchos concertados, los documentos tienen un perfil más general, centrados en convivencia, resolución de conflictos, derechos y deberes, participación, acoso escolar; menos en los detalles de “estilo” personal o imagen externa.

La extensión, grado de detalle, exigencia normativa y cultura institucional difieren mucho de un centro a otro. Mientras un colegio con fuerte cultura de disciplina puede tener normas muy pormenorizadas, otro puede limitarse a esquemas de “buen comportamiento” más genéricos.

¿Cuál es la utilidad de estas guías?

La existencia de documentos normativos de conducta y estilo en los colegios persigue varias finalidades. Al establecer normas de comportamiento, se comunican claramente a alumnado, familias y profesorado qué comportamientos se consideran aceptables, cuál es la cultura del centro, qué valores se priorizan. Un buen clima de convivencia favorece el aprendizaje, reduce conflictos, el acoso escolar o la disrupción; los planes/pautas ayudan a prevenir.

Del mismo modo, cuando surgen problemas de conducta, tener normas claras facilita procedimientos de intervención, mediación o sanción, de forma transparente y coherente. En este contexto, en colegios con una cultura fuerte, las guías de estilo contribuyen a que todo el alumnado participe de una misma identidad, uniforme de valores, imagen, etc., un aspecto puede reforzar cohesión institucional. A menudo, así mismo, las guías se elaboran o revisan con participación de alumnado, profesorado, familias, lo que favorece la implicación y corresponsabilidad.

Los contenidos más frecuentes en las guías de conducta o convivencia de los colegios españoles incluyen, definición de valores del centro: respeto, responsabilidad, tolerancia, igualdad, compromiso; derechos y deberes del alumnado, profesorado, familias. Por ejemplo: participar, expresar opiniones, asistir, puntualidad, colaborar; y normas específicas de comportamiento, por ejemplo en el aula hablar con respeto, seguir instrucciones, materiales, móvil, así como fuera de ella: en el recreo, comedor, transporte, en extraescolares, visitas, salidas, en entornos fuera del centro pero vinculados: actividades, redes sociales e imagen del centro. Se regula, igualmente, el uso de dispositivos digitales, redes sociales, protección de datos, ciberacoso.

Cumplimiento ¿obligado?

Aunque varía en cada caso, legalmente, la existencia de un plan de convivencia (o documento equivalente) es obligatorio en muchas comunidades autónomas para los centros docentes no universitarios. En Madrid, por ejemplo, el Decreto 32/2019 lo exige. Los centros pueden definir sus propias normas de convivencia y conducta, siempre dentro del marco de la normativa estatal y autonómica: deben respetar derechos y garantías del alumnado, personas con discapacidad, igualdad de género, etc.

No obstante, el grado de detalle, supervisión y sanción varía. Algunos centros pueden tener guías muy exigentes (por ejemplo, de uniforme o imagen personal) y otros más laxos. Las sanciones también pueden diferir con base en el tipo de centro (público, privado, concertado) y según lo que el propio centro apruebe.

En muchos casos, los documentos internos deben ser aprobados por el órgano competente del centro (director, consejo escolar, claustro), lo que les confiere carácter interno, pero con efectos vinculantes para la comunidad educativa. Por ejemplo, en el Decreto citado, el plan lo aprueba el director tras informe del claustro y el consejo escolar. Por tanto, aunque estos documentos tienen carácter “interno” del centro, están respaldados por la normativa educativa y tienen obligaciones formales. En la práctica, su aplicación puede depender de la cultura institucional del centro, los recursos disponibles, y la voluntad de la comunidad.

Tendencias recientes y elementos emergentes

Algunas tendencias y elementos emergentes en estas guías de conducta o estilo incluyen la incorporación de la educación emocional, la mediación entre iguales, la resolución pacífica de conflictos, como parte del documento de convivencia. Como también mayor atención al uso responsable de las TIC, al ciberacoso, al tratamiento de datos personales, redes sociales. La guía de la AEPD es un ejemplo de cómo los centros deben tener protocolos al respecto.

Se considera así mismo como tendencia la participación más activa del alumnado en la elaboración de normas y en los comités de convivencia; la evaluación mediante indicadores de convivencia y memoria anual, lo que facilita que las guías no queden en el ámbito administrativo sino que entren en la práctica institucional; y referencias explícitas a actitudes fuera del centro: el comportamiento en actividades extraescolares, transporte, uso de imagen, relación con la comunidad, lo que amplía el campo de aplicación.

En este marco, es creciente poner el foco en estos documento en la igualdad de género, la inclusión, la diversidad, el respeto hacia la identidad de género, orientación sexual, origen cultural, lo que se traduce en que las normas de convivencia incluyan explícitamente cláusulas contra la LGTBI-fobia o discriminación.

Fuente: https://exitoeducativo.net/guias-de-estilo-la-carta-magna-de-los-colegios-mas-ferreas-en-la-ensenanza-privada/